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El Periódico del Tolima Para el Mundo...

"VAMOS A HACER CUMPLIR LA NUEVA REFORMA"


Uno de los aspectos que dejó planteado el secretario de Salud Departamental Juan Carlos Basto Trochez, sobre la Ley 1438 de 2011 o Ley de Reforma de la Seguridad Social en Salud es que en el Tolima todo paciente que solicite la atención debe estar afiliado a una entidad promotora de salud, es decir debe pertenecer al régimen contributivo o subsidiado.En diálogo con los medios de comunicación de la ciudad Basto Trochez indicó que la Gobernación mediante circular, les explicó a los secretarios de salud municipales, gerentes de ESE, IPS públicas privadas y las EPS del Régimen Contributivo y Subsidiado que toda persona, sin capacidad de pago debe ser atendida obligatoriamente, mientras recibe los servicios un familiar debe ser remitido a una entidad promotora habilitada para que realice la afiliación.
Igualmente, para procedimientos ambulatorios estos no se autorizarán mientras no se realice la afiliación, salvo aquellos casos en el que el Ministerio de la Protección Social excluya o en los que esté en riesgo la vida del paciente.
Explicó igualmente que en caso de que existan dificultades con las EPS el usuario debe ser enviado a la Secretaría Municipal de Salud de la población correspondiente para que empiece el trámite de afiliación.
Así mismo estableció el funcionario que la Secretaría está en el proceso de actualización en el software de autorizaciones. Por último enfatizó que "a partir de la fecha esta Secretaría solo reconocerá los eventos no POSS a los afiliados a una EPS, salvo que se demuestre que la no afiliación no fue posible o exista riesgo de la vida del paciente.

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